Los siguientes momentos corresponden a un fragmento del capítulo "V.- La ofensiva estatal: legislación social y Dictadura (1924-1931)", del libro «Sin Dios, Ni Patrones. Historia, diversidad y conflictos del anarquismo en la región chilena (1890-1990)» de Víctor Muñoz Cortés; el cual pueden consultar íntegro haciendo clic aquí. El título del blog no corresponde a la fuente original. Hemos modificado la numeración de las citas para adaptarlas al formato blog.
Aunque casi 100 años nos separan de los episodios narrados, consideramos de urgente importancia —dado el contexto de resurgimiento del anarquismo en el mundo del trabajo y la contingencia del movimiento contra las AFP— estudiar las implicancias históricas del desarrollo estatal y legislativo en el movimiento obrero, anarquista y anarcosindicalista. Para tal efecto, recomendamos encarecidamente la lectura íntegra del libro mencionado. (N&A)
El Estado se transforma. Leyes sociales y resistencia
El 8 de septiembre de 1924 la Junta Militar obligó con su amenazadora presencia la aprobación del primer cuerpo legislativo en materia laboral del Estado de Chile, lo que constituyó un gran cambio en el sistema de relaciones entre el capital y el trabajo. Pero antes de continuar cabe detenerse un poco en el historial de leyes sociales y medidas de enfrentamiento que el Estado había utilizado hasta ese momento, para entender los nuevos cambios que operarán en la propia maquinaria gubernamental.
Durante todo el periodo en que usualmente se ubica la llamada “Cuestión Social” (1880 y 1925) no había un cuerpo legislativo que regulara los conflictos entre trabajadores y empresarios. Existía, no obstante, una variada cantidad de respuestas informales que solían aparecer en medio de los momentos de tensión y que se fueron modificando en el tiempo.
En muchos casos las entidades laborales recurrían a ciertas autoridades administrativas para que oficiaran a favor de sus demandas. Ese fue el proceder predominante entre las sociedades de socorros mutuos del siglo XIX. Pero cuando el modelo orgánico laboral vinculado a las sociedades de resistencia irrumpió en tierras chilenas, se produjo un paulatino cambio en los métodos de presión. Además de la mediación informal de algunos representantes estatales (a la cual casi nunca se abandonó totalmente), se difundió exitosamente la idea de conquistar demandas por medio de la acción directa, principalmente por vía de huelgas.
Anarquistas, socialistas y aún algunos miembros del Partido Democrático, contribuyeron a la radicalización del mundo asociativo popular. Esto derivó en que las condiciones de trabajo estuvieran directamente relacionadas con la propia capacidad de presión de los sindicatos.
El Estado modificó muy lentamente la forma de involucrarse en el mundo laboral. Durante la Cuestión Social, además de la intervención privada de algunos de sus miembros, el aparato administrativo se abocó principalmente al resguardo del orden público y a normalizar las faenas productivas en momentos de conflicto, mediante la protección de los rompe-huelgas o la facilitación de contingentes de fuerzas armadas para remplazar a los huelguistas. En momentos más tensos, el Estado procedió a reprimir violentamente a los trabajadores paralizados. El punto más dramático de esa actitud fueron las Matanzas que se ejecutaron en diversos lugares del país (Valparaíso, 1903; Santiago, 1905; Antofagasta, 1906; Iquique, 1907; Puerto Natales, 1919; San Gregorio, 1921; La Coruña; 1925) (1).
Pero junto a esta tendencia predominante del Estado en materia laboral, antes de 1925 hubo algunas puntuales medidas legislativas que buscaban reformar parcialmente la situación en que desarrollaban su trabajo los asalariados. Medidas que se deben en gran parte a la acción de algunos políticos bastante adelantados para la época.
En diciembre de 1917, por ejemplo, entró en vigencia el llamado Decreto Yáñez (en referencia a su precursor, Eleodoro Yáñez), que fijaba un método de mediación para solucionar las huelgas. El Intendente reuniría a representantes de trabajadores e industriales y él se ubicaría como relacionador. Se crearían “juntas de conciliación” y “comités de arbitraje”. Sin embargo, y debido a que la autoridad generalmente terminaba “asegurando la libertad de trabajo”, y protegiendo con ello a los rompehuelgas, escasamente los trabajadores paralizados recurrían a él. Por lo demás, los acuerdos no tenían valor legal y podían violarse fácilmente (2).
Si bien el Decreto Yáñez no tuvo demasiada aplicación, su promulgación y sobre todo su contenido fueron un adelanto de la propia transformación del Estado en materia de relaciones laborales. Las leyes sociales promulgadas por la Junta Militar el 8 de septiembre de 1924 son el corolario de un proceso lento de sensibilización de la clase política y militar chilena. Pero son también el resultado indirecto de décadas de presión callejera.
Las Leyes Sociales de 1924 fueron principalmente siete: la n°4.053, sobre contratos laborales y regulación de trabajo de niños y mujeres; 4.054, reducción del 2% del salario del trabajador para el Fondo de seguridad social y jubilaciones; 4.055, sobre accidentes laborales; 4056, de regulación de conflictos laborales (toda huelga era ilegal); 4.057, de sindicalización legal (sindicatos profesionales e industriales), que prohibía asociarse a otros sindicatos para huelgas y prohibía las paralizaciones solidarias. La Ley también impedía la recolección de fondos económicos para sostener huelgas; 4.058, sobre cooperativas; y 4.059, que separaba a empleados de obreros, dando muchos más beneficios a los primeros y separándolos en la práctica, de los segundos (3).
Otra medida relacionada con las anteriores, fue el decreto por el cual el 1° de Mayo pasaba a ser un feriado legal. ¿Cuál era el objetivo de las leyes sociales? Varios autores coinciden en que no fueron promulgadas precisamente para beneficiar a los trabajadores. El historiador James Morris señaló: “el principal objetivo de estas leyes era prolongar el autoritarismo y no tomar un verdadero paso hacia una sociedad pluralista a través del incentivo hacia los sindicatos libres”(4). Peter DeShazo indica que, según sus estudios, “los militares deseaban lograr el mismo fin que las élites civiles, o sea, la aniquilación de los trabajadores organizados”(5).
En definitiva, parece ser que las Leyes Sociales vienen a controlar y acabar con la independencia del movimiento obrero. Como es de prever, la estrategia de los anarquistas fue mantener la autonomía de los sindicatos y de La Protesta social(6). El primer acuerdo de la Cuarta Convención Nacional de la IWW en enero de 1926, por ejemplo, invitaba a “luchar por la abolición total del Código del Trabajo y del Carnet Obligatorio”. Comenzaban así su lucha contra la sindicalización legal o forzosa, como le llamaban(7).
Por algún tiempo los anarquistas contaron con el apoyo de otros sectores, como el comunista (hasta que en la década del treinta la dirección de ese Partido dictó lo contrario). Y todos juntos llamaron a no legalizar los sindicatos. Los anarcosindicalistas se resistieron a las leyes sociales concretando campañas nacionales, como aquella que se articuló para detener la Ley 4.054 que descontaba del sueldo de los trabajadores un porcentaje para la jubilación(8). Esa empresa fue la más popular, porque dicha medida afectaba a todos y de forma inmediata. En cambio las otras leyes (las que controlaban el sindicalismo) solo dañaban directamente a las tendencias revolucionarias.
En noviembre de 1925 los libertarios crearon en Valparaíso el Comité Pro-abolición de la Ley 4.054(9). Le siguieron rápidamente desde la capital y otras ciudades en el norte y en el sur. El 22 de enero de 1926 entró en vigencia la Ley y desde entonces se reactivó la resistencia. El 20 de febrero los libertarios convocaron a un paro de protesta, pero la FOCH de los comunistas no acudió, dejando solos a los ácratas. El 30 de septiembre la Unión Industrial del Cuero inició una huelga señalando que el 2% debería ser cancelado por los empleadores(10). El gobierno llamó al diálogo para reformar la Ley y los trabajadores aceptaron. Una clara señal, según Peter DeShazo, de la debilidad de los mismos. El 1°, el 3 y el 5 de noviembre, mientras la UIC aún estaba en paro, hubo nuevos comicios en Santiago contra esa Ley en la que participaron todos los sectores reformistas y revolucionarios(11).
En diciembre hubo una gira al sur realizada por el “Comité Contra Ley 4054”, en la que viajaron el comunista Juan Chacón y el zapatero IWW Amaro Castro(12). Otra Ley que se combatió tenazmente fue la del contrato individual. Las organizaciones sindicales libertarias exigían el respeto de los convenios colectivos entre empleadores y sindicatos. En la defensa de esa demanda, hubo puntos de encuentros con otros sectores políticos para “rechazar el contrato individual y mantener contratos colectivos como único camino para defenderse”(13). Los miembros de la Federación de Obreros de Imprenta, que desde 1919 habían implantado su primer contrato colectivo (tarifado), fueron especialmente insistentes en ello(14).
La huelga general del 17 de enero de 1927 fue la última gran manifestación social en donde se hicieron parte todas estas consignas. Iniciada por los trabajadores de ferrocarriles, sumó a todas las fuerzas sindicales y sociales existentes. Dada la diversidad y las divisiones internas, las demandas eran variadas y la unidad práctica casi imposible. Por su escasa proyección, por la represión, y por las disputas entre ideologías, la huelga acabó en desastre(15).
Todas las campañas contra el Código del Trabajo quedaron en la nada con la Dictadura militar del coronel Carlos Ibáñez del Campo, que desde febrero de 1927 y hasta julio de 1931 prohibió y persiguió, con relegación, exilio y muerte, a toda la oposición, y particularmente al movimiento revolucionario. La capacidad represiva contra el movimiento sindical disidente de la Dictadura, sirvió de marco ideal para la puesta en práctica de gran parte de la legislación en materia laboral.
Tomado del libro «Sin Dios, Ni Patrones. Historia, diversidad y conflictos del anarquismo en la región chilena (1890-1990)», Víctor Muñoz.
1 - Una especie de extensión legislativa de la ideología “protectora del orden público”del Estado en materia laboral, fue la dictación en diciembre de 1918 de la Ley de Residencia, que facultaba a los intendentes para expulsar del país a todo extranjero que se considerara amenaza para la seguridad y unidad nacional. Con ella en mano, varios anarquistas y socialistas fueron lanzados tras las fronteras. Muchos de los afectados por aquella medida tenían un rol activo en el mundo sindical. Otro mecanismo de control en el movimiento obrero puede ser el retrato forzoso que el Estado y las empresas implantaron en algunas faenas productivas en 1917 tras vencer en la segunda huelga general de los gremios contra esa medida (la primera había sido ganada por los trabajadores en 1913)
2 - Peter DeShazo,Trabajadores urbanos..., op. Cit., p. 241, 244-245.
3 - Peter DeShazo,Trabajadores urbanos..., op. Cit., p. 309-310
4 - James Morris, citado por Peter DeShazo, Trabajadores urbanos..., op. Cit., p.308.
5 - Peter DeShazo,Trabajadores urbanos..., op. Cit., p. 308.
6 - Peter DeShazo,Trabajadores urbanos..., op. Cit., p. 331-336.
7 -“Sobre sindicalización forzosa”,La Voz del Mar, Valparaíso, 7 y 29 agosto 1925.
8 -“La ley 4054”,Adelante, Rancagua, diciembre de 1926; “La 4054”,El Obrero Gráfico, Antofagasta, 16 noviembre 1926; “Burda trampa de la Ley 4054”, El Obrero Gráfico, Valparaíso, 1 mayo 1926.
9 - Ya en 1903 se realizó un mitin en Valparaíso en protesta por la implementación del ahorro forzoso y obligatorio que se deseaba imponer en la pampa salitrera.“Actitud que se impone”, La Revuelta, Valparaíso, 11 noviembre 1903.
10 - “La Unión Industrial del Cuero fue a huelga indefinida”,Justicia, Santiago, 3 octubre 1926.
11 -“Brillante resultó el comicio”,Justicia, Santiago, 2 noviembre 1926. “El gran movimiento contra la Ley 4054”,Justicia, Santiago, 4 noviembre 1926. “Con el paro decretado por los gremios del rodado culmina hoy el movimiento contra la Ley 4054”,Justicia, Santiago, 5 noviembre 1926.
12-“Gira Comité contra Ley 4054”, La Región, Temuco, 26 diciembre 1926.
13-“Unión Gremial de Obreros y Empleados”, El Obrero Gráfico, Valparaíso, segunda quincena de agosto 1926.
14-“Nuestro contrato colectivo de trabajo”,El Obrero Gráfico, Valparaíso, segunda quincena de junio de 1926.
15 -“El gran movimiento nacional de la clase trabajadora”, Justicia, Santiago, 16 enero 1927.
Aunque casi 100 años nos separan de los episodios narrados, consideramos de urgente importancia —dado el contexto de resurgimiento del anarquismo en el mundo del trabajo y la contingencia del movimiento contra las AFP— estudiar las implicancias históricas del desarrollo estatal y legislativo en el movimiento obrero, anarquista y anarcosindicalista. Para tal efecto, recomendamos encarecidamente la lectura íntegra del libro mencionado. (N&A)
El Estado se transforma. Leyes sociales y resistencia
El 8 de septiembre de 1924 la Junta Militar obligó con su amenazadora presencia la aprobación del primer cuerpo legislativo en materia laboral del Estado de Chile, lo que constituyó un gran cambio en el sistema de relaciones entre el capital y el trabajo. Pero antes de continuar cabe detenerse un poco en el historial de leyes sociales y medidas de enfrentamiento que el Estado había utilizado hasta ese momento, para entender los nuevos cambios que operarán en la propia maquinaria gubernamental.
Durante todo el periodo en que usualmente se ubica la llamada “Cuestión Social” (1880 y 1925) no había un cuerpo legislativo que regulara los conflictos entre trabajadores y empresarios. Existía, no obstante, una variada cantidad de respuestas informales que solían aparecer en medio de los momentos de tensión y que se fueron modificando en el tiempo.
En muchos casos las entidades laborales recurrían a ciertas autoridades administrativas para que oficiaran a favor de sus demandas. Ese fue el proceder predominante entre las sociedades de socorros mutuos del siglo XIX. Pero cuando el modelo orgánico laboral vinculado a las sociedades de resistencia irrumpió en tierras chilenas, se produjo un paulatino cambio en los métodos de presión. Además de la mediación informal de algunos representantes estatales (a la cual casi nunca se abandonó totalmente), se difundió exitosamente la idea de conquistar demandas por medio de la acción directa, principalmente por vía de huelgas.
Anarquistas, socialistas y aún algunos miembros del Partido Democrático, contribuyeron a la radicalización del mundo asociativo popular. Esto derivó en que las condiciones de trabajo estuvieran directamente relacionadas con la propia capacidad de presión de los sindicatos.
El Estado modificó muy lentamente la forma de involucrarse en el mundo laboral. Durante la Cuestión Social, además de la intervención privada de algunos de sus miembros, el aparato administrativo se abocó principalmente al resguardo del orden público y a normalizar las faenas productivas en momentos de conflicto, mediante la protección de los rompe-huelgas o la facilitación de contingentes de fuerzas armadas para remplazar a los huelguistas. En momentos más tensos, el Estado procedió a reprimir violentamente a los trabajadores paralizados. El punto más dramático de esa actitud fueron las Matanzas que se ejecutaron en diversos lugares del país (Valparaíso, 1903; Santiago, 1905; Antofagasta, 1906; Iquique, 1907; Puerto Natales, 1919; San Gregorio, 1921; La Coruña; 1925) (1).
Pero junto a esta tendencia predominante del Estado en materia laboral, antes de 1925 hubo algunas puntuales medidas legislativas que buscaban reformar parcialmente la situación en que desarrollaban su trabajo los asalariados. Medidas que se deben en gran parte a la acción de algunos políticos bastante adelantados para la época.
En diciembre de 1917, por ejemplo, entró en vigencia el llamado Decreto Yáñez (en referencia a su precursor, Eleodoro Yáñez), que fijaba un método de mediación para solucionar las huelgas. El Intendente reuniría a representantes de trabajadores e industriales y él se ubicaría como relacionador. Se crearían “juntas de conciliación” y “comités de arbitraje”. Sin embargo, y debido a que la autoridad generalmente terminaba “asegurando la libertad de trabajo”, y protegiendo con ello a los rompehuelgas, escasamente los trabajadores paralizados recurrían a él. Por lo demás, los acuerdos no tenían valor legal y podían violarse fácilmente (2).
Si bien el Decreto Yáñez no tuvo demasiada aplicación, su promulgación y sobre todo su contenido fueron un adelanto de la propia transformación del Estado en materia de relaciones laborales. Las leyes sociales promulgadas por la Junta Militar el 8 de septiembre de 1924 son el corolario de un proceso lento de sensibilización de la clase política y militar chilena. Pero son también el resultado indirecto de décadas de presión callejera.
Las Leyes Sociales de 1924 fueron principalmente siete: la n°4.053, sobre contratos laborales y regulación de trabajo de niños y mujeres; 4.054, reducción del 2% del salario del trabajador para el Fondo de seguridad social y jubilaciones; 4.055, sobre accidentes laborales; 4056, de regulación de conflictos laborales (toda huelga era ilegal); 4.057, de sindicalización legal (sindicatos profesionales e industriales), que prohibía asociarse a otros sindicatos para huelgas y prohibía las paralizaciones solidarias. La Ley también impedía la recolección de fondos económicos para sostener huelgas; 4.058, sobre cooperativas; y 4.059, que separaba a empleados de obreros, dando muchos más beneficios a los primeros y separándolos en la práctica, de los segundos (3).
Otra medida relacionada con las anteriores, fue el decreto por el cual el 1° de Mayo pasaba a ser un feriado legal. ¿Cuál era el objetivo de las leyes sociales? Varios autores coinciden en que no fueron promulgadas precisamente para beneficiar a los trabajadores. El historiador James Morris señaló: “el principal objetivo de estas leyes era prolongar el autoritarismo y no tomar un verdadero paso hacia una sociedad pluralista a través del incentivo hacia los sindicatos libres”(4). Peter DeShazo indica que, según sus estudios, “los militares deseaban lograr el mismo fin que las élites civiles, o sea, la aniquilación de los trabajadores organizados”(5).
En definitiva, parece ser que las Leyes Sociales vienen a controlar y acabar con la independencia del movimiento obrero. Como es de prever, la estrategia de los anarquistas fue mantener la autonomía de los sindicatos y de La Protesta social(6). El primer acuerdo de la Cuarta Convención Nacional de la IWW en enero de 1926, por ejemplo, invitaba a “luchar por la abolición total del Código del Trabajo y del Carnet Obligatorio”. Comenzaban así su lucha contra la sindicalización legal o forzosa, como le llamaban(7).
Por algún tiempo los anarquistas contaron con el apoyo de otros sectores, como el comunista (hasta que en la década del treinta la dirección de ese Partido dictó lo contrario). Y todos juntos llamaron a no legalizar los sindicatos. Los anarcosindicalistas se resistieron a las leyes sociales concretando campañas nacionales, como aquella que se articuló para detener la Ley 4.054 que descontaba del sueldo de los trabajadores un porcentaje para la jubilación(8). Esa empresa fue la más popular, porque dicha medida afectaba a todos y de forma inmediata. En cambio las otras leyes (las que controlaban el sindicalismo) solo dañaban directamente a las tendencias revolucionarias.
En noviembre de 1925 los libertarios crearon en Valparaíso el Comité Pro-abolición de la Ley 4.054(9). Le siguieron rápidamente desde la capital y otras ciudades en el norte y en el sur. El 22 de enero de 1926 entró en vigencia la Ley y desde entonces se reactivó la resistencia. El 20 de febrero los libertarios convocaron a un paro de protesta, pero la FOCH de los comunistas no acudió, dejando solos a los ácratas. El 30 de septiembre la Unión Industrial del Cuero inició una huelga señalando que el 2% debería ser cancelado por los empleadores(10). El gobierno llamó al diálogo para reformar la Ley y los trabajadores aceptaron. Una clara señal, según Peter DeShazo, de la debilidad de los mismos. El 1°, el 3 y el 5 de noviembre, mientras la UIC aún estaba en paro, hubo nuevos comicios en Santiago contra esa Ley en la que participaron todos los sectores reformistas y revolucionarios(11).
En diciembre hubo una gira al sur realizada por el “Comité Contra Ley 4054”, en la que viajaron el comunista Juan Chacón y el zapatero IWW Amaro Castro(12). Otra Ley que se combatió tenazmente fue la del contrato individual. Las organizaciones sindicales libertarias exigían el respeto de los convenios colectivos entre empleadores y sindicatos. En la defensa de esa demanda, hubo puntos de encuentros con otros sectores políticos para “rechazar el contrato individual y mantener contratos colectivos como único camino para defenderse”(13). Los miembros de la Federación de Obreros de Imprenta, que desde 1919 habían implantado su primer contrato colectivo (tarifado), fueron especialmente insistentes en ello(14).
La huelga general del 17 de enero de 1927 fue la última gran manifestación social en donde se hicieron parte todas estas consignas. Iniciada por los trabajadores de ferrocarriles, sumó a todas las fuerzas sindicales y sociales existentes. Dada la diversidad y las divisiones internas, las demandas eran variadas y la unidad práctica casi imposible. Por su escasa proyección, por la represión, y por las disputas entre ideologías, la huelga acabó en desastre(15).
Todas las campañas contra el Código del Trabajo quedaron en la nada con la Dictadura militar del coronel Carlos Ibáñez del Campo, que desde febrero de 1927 y hasta julio de 1931 prohibió y persiguió, con relegación, exilio y muerte, a toda la oposición, y particularmente al movimiento revolucionario. La capacidad represiva contra el movimiento sindical disidente de la Dictadura, sirvió de marco ideal para la puesta en práctica de gran parte de la legislación en materia laboral.
Tomado del libro «Sin Dios, Ni Patrones. Historia, diversidad y conflictos del anarquismo en la región chilena (1890-1990)», Víctor Muñoz.
1 - Una especie de extensión legislativa de la ideología “protectora del orden público”del Estado en materia laboral, fue la dictación en diciembre de 1918 de la Ley de Residencia, que facultaba a los intendentes para expulsar del país a todo extranjero que se considerara amenaza para la seguridad y unidad nacional. Con ella en mano, varios anarquistas y socialistas fueron lanzados tras las fronteras. Muchos de los afectados por aquella medida tenían un rol activo en el mundo sindical. Otro mecanismo de control en el movimiento obrero puede ser el retrato forzoso que el Estado y las empresas implantaron en algunas faenas productivas en 1917 tras vencer en la segunda huelga general de los gremios contra esa medida (la primera había sido ganada por los trabajadores en 1913)
2 - Peter DeShazo,Trabajadores urbanos..., op. Cit., p. 241, 244-245.
3 - Peter DeShazo,Trabajadores urbanos..., op. Cit., p. 309-310
4 - James Morris, citado por Peter DeShazo, Trabajadores urbanos..., op. Cit., p.308.
5 - Peter DeShazo,Trabajadores urbanos..., op. Cit., p. 308.
6 - Peter DeShazo,Trabajadores urbanos..., op. Cit., p. 331-336.
7 -“Sobre sindicalización forzosa”,La Voz del Mar, Valparaíso, 7 y 29 agosto 1925.
8 -“La ley 4054”,Adelante, Rancagua, diciembre de 1926; “La 4054”,El Obrero Gráfico, Antofagasta, 16 noviembre 1926; “Burda trampa de la Ley 4054”, El Obrero Gráfico, Valparaíso, 1 mayo 1926.
9 - Ya en 1903 se realizó un mitin en Valparaíso en protesta por la implementación del ahorro forzoso y obligatorio que se deseaba imponer en la pampa salitrera.“Actitud que se impone”, La Revuelta, Valparaíso, 11 noviembre 1903.
10 - “La Unión Industrial del Cuero fue a huelga indefinida”,Justicia, Santiago, 3 octubre 1926.
11 -“Brillante resultó el comicio”,Justicia, Santiago, 2 noviembre 1926. “El gran movimiento contra la Ley 4054”,Justicia, Santiago, 4 noviembre 1926. “Con el paro decretado por los gremios del rodado culmina hoy el movimiento contra la Ley 4054”,Justicia, Santiago, 5 noviembre 1926.
12-“Gira Comité contra Ley 4054”, La Región, Temuco, 26 diciembre 1926.
13-“Unión Gremial de Obreros y Empleados”, El Obrero Gráfico, Valparaíso, segunda quincena de agosto 1926.
14-“Nuestro contrato colectivo de trabajo”,El Obrero Gráfico, Valparaíso, segunda quincena de junio de 1926.
15 -“El gran movimiento nacional de la clase trabajadora”, Justicia, Santiago, 16 enero 1927.
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